Nueva NOM 012 limita velocidad de fulles

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) emitió la nueva NOM 012 sobre pesos y dimensiones máximas con las que pueden circular los vehículos de autotransporte en México. Publicada el pasado 27 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación, destaca el establecimiento de una velocidad máxima de 80 kilómetros por hora para tractocamiones doblemente articulados (fulles).

No obstante, este tipo de vehículos también deberán observar los límites establecidos en los dispositivos, en las carreteras y en el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, además de contar con frenos antibloqueo, información de velocidad y localización a través de sistema GPS.

 

La NOM 012 establece medidas especiales para los tractocamiones doblemente articulados.

 

Los vehículos también deberán circular con una separación mínima de 100 metros con respecto a otro camión que se aplique dentro de la misma Norma, así como respetar la distancia del vehículo de enfrente por cuestiones de seguridad, sobre todo cuando las condiciones del clima no sean las favorables.

En cuanto a las dimensiones, el ancho máximo autorizado para todas las clases de vehículos será de 2 metros con 60 centímetros, el cual no incluye espejos retrovisores –que podrán sobresalir hasta por 20 centímetros de cada lado–, elementos y aditamentos para el aseguramiento y protección de la carga lateral –lonas, cortinas, cinchos y cadenas–, que podrán resaltar hasta 8 centímetros por lado.

 

Los operadores deberán estar capacitados y contar con una bitácora de horas de servicio.

 

Asimismo, la altura máxima autorizada para todos los vehículos será de 4 metros con 25 centímetros, mientras que el largo de los autobuses dependerá del número de ejes y llantas que tengan. Mientras que el largo total para un camión utilitario será de 15 metros y sólo podrá circular con autorización de la SCT previamente solicitada.

El documento también indica que los conductores deberán contar con capacitación, experiencia y licencia específica, así como una bitácora de horas de servicio, en las que se reporte el tiempo de conducción semanal, con registros por viaje. (Redacción AT2000)

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