Establece DGAF requisitos para trámites durante emergencia sanitaria

Como resultado de las gestiones realizadas por la CANACAR ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) con la finalidad de continuar con la operación normal en trámites afines al autotansporte de carga, la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF) tomó las siguientes determinaciones para continuar con la prestación de los servicios durante la emergencia sanitaria.

Se estableció una prórroga por tres meses de la vigencia y validez de los permisos de transporte o arrastre de remolques y semi rremolques en cruces fronterizos (transfer), cuya operación comprenda la franja de 20 kilómetros paralela a la línea divisoria internacional con Estados Unidos.

Respecto al extravío de placas o tarjeta de circulación, la DGAF establece que el operador deberá presentar la denuncia ante la autoridad correspondiente, con base en el Artículo 85, párrafo primero, del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, y ésta se tendrá como válida para poder circular durante la emergencia sanitaria.

La denuncia por robo o extravío de placas o tarjeta de circulación será válida para seguir operando.

También, se amplió por tres meses la vigencia de las aprobaciones y revalidaciones para obtener el permiso de operar como unidad de verificación en materia de emisiones contaminantes, condiciones físico-mecánicas y de seguridad de los vehículos de autotransporte que circulan por vías federales.

Asimismo, la DGAF otorgará una Autorización Provisional Especial para Circular mientras persiste la contingencia sanitaria por el  COVID-19, para las unidades nuevas de las personas físicas y morales que sean permisionarios autorizados por la SCT, en los servicios de autotransporte federal, así como el servicio auxiliar de mensajería y paquetería.

Esta autorización podrán obtenerla los permisionarios de los servicios referidos que durante este periodo enajenen vehículos a otros permisionarios autorizados por SCT, siempre que dichas unidades ya se encuentren dadas de alta dentro del Sistema Integral de Autotransporte Federal. No aplica para aquellas unidades seminuevas que fueron importadas y cuyo pedimento deba ser corroborado con el SAT. (Redacción Autotransporte)

El transporte de carga se mantiene en las carreteras durante la emergencia sanitaria.

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