Aprueban senadores en lo general la Ley de Hidrocarburos

Las comisiones unidas de Energía y de Estudios Legislativos, Segunda, del Senado de la República aprobaron, en lo general, la minuta que reforma diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos. La mayoría de los integrantes de estas comisiones acordaron que la discusión de las reservas al dictamen se lleve a cabo en la sesión del Pleno.

El proyecto de decreto, enviado por la Cámara de Diputados y que deriva de una iniciativa del Ejecutivo Federal, busca garantizar la soberanía y seguridad energética de México, así como desincentivar diversas prácticas relacionadas con el comercio ilícito de hidrocarburos y petrolíferos.

Además, pretende reordenar diversas actividades económicas en el sector energético, con el fin de combatir la corrupción, garantizar el abasto, así como proteger la economía nacional y los ingresos que percibe el Estado.

Para ello, propone facultar a la Secretaria de Energía (SENER) y a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para revocar permisos, cuando los titulares de éstos cometan el delito de contrabando de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos. También sugiere que ambas dependencias puedan suspender los permisos expedidos a permisionarios, cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, energética o para la economía nacional.

 De la misma manera, dota de seguridad jurídica al permisionario, pues le permite solicitar la terminación de la suspensión, cuando demuestre que las causas que la ocasionaron ya fueron subsanadas y que no se hayan originado ilícitos penales o infracciones administrativas.

Otro de los objetivos de la reforma, es evitar que los consumidores reciban una cantidad de combustible inferior a la que pagaron, pues establece la revocación de permisos de operación para los concesionarios que reincidan en el incumplimiento de las disposiciones relacionadas a la cantidad, calidad y medición de hidrocarburos y petrolíferos.

Se revocarían permisos en caso de contrabando de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.

Plantea que se aplicará la misma sanción a aquellos permisionarios que modifiquen las condiciones técnicas de sistemas, ductos, instalaciones o equipos, sin la autorización correspondiente.

Por otro lado, el proyecto establece que, en el supuesto de no emitirse una resolución por parte de la Secretaría de Energía o de la Comisión Reguladora de Energía, en cuanto a la resolución de permisos dentro de los términos que marca la ley, ésta se entenderá en sentido negativo.

La reforma eleva a rango legal las disposiciones normativas establecidas en la política de almacenamiento mínimo de petrolíferos y dispone que el otorgamiento de los permisos estará sujeto también a la capacidad de almacenamiento que determine la Secretaría de Energía, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

También elimina la posibilidad de que el Estado contrate a terceros con capacidad técnica, para operar el manejo y control de las instalaciones ocupadas, intervenidas o suspendidas.

La Comisión de Energía aprobó el dictamen con nueve votos en favor y seis en contra; mientras que la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, lo avaló con ocho votos en pro y cuatro en contra. (Redacción Autotransporte)

Permisionarios que modifiquen equipos, ductos, instalaciones y sistemas serían sancionados.

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