La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) anunció la entrada en vigor de la NOM-167-SEMARNAT-2017, la cual establece los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores que circulan en los estados que conforman la Megalópolis: Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo, Puebla, Tlaxcala y Morelos. Esta norma también instaura los métodos de prueba para la evaluación de dichos límites y las especificaciones de tecnologías de información y hologramas.
La norma, divulgada el día de ayer en el Diario Oficial de la Federación, entrará en vigor a los 60 días naturales posteriores a su publicación. Por tal motivo, la Cámara Nacional de Autotransporte de Carga (CANACAR) informó la medida tomada por la dependencia gubernamental a través de un comunicado, en el cual informó a sus agremiados que dicha regla deberá ser observada por el propietario o poseedor legar de los vehículos que circulen en las entidades anteriormente mencionadas.

Asimismo, se informó que los vehículos pesados nuevos que utilicen gasolina, diesel o gas natural como combustible de origen quedarán exentos de la verificación vehicular obligatoria durante un periodo de dos años a partir de su adquisición. Mientras que los vehículos con certificación EPA 2010 y Euro VI también contarán con dicho periodo de gracia, aunque podrá haber prórroga en caso de ser aprobada.
La NOM-167 aplica para automotores que utilicen gasolina, diesel, gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos, incluidos aquellos vehículos que presten cualquier tipo de servicio público, federal o local, así como cualquier tipo de servicio privado regulado por las leyes federales o locales en materia de autotransporte.
